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Requisitos Partidas para Ciudadanía - Consulado de Italia

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Requisitos de partidas para el Consulado General de Italia
Todas las partidas o actas que deban ser presentadas ante el Consulado General de Italia, deberán ser expedidas en copia auténtica (original) por parte de las respectivas Oficinas de Registro de Estado Civil. Recomendamos solicitar las actas digitales con sistema Gedo.

En el caso de las partidas de nacimiento y matrimonio, pueden ser solicitadas directamente con los datos que figuran en la libreta de matrimonio (circunscripción, número de acta, tomo, año, fecha, nombres y apellidos de los cónyuges o del nacido).

Cabe subrayar que el Consulado no acepta actas gratuitas, certificados ni módulos bilingües expedidos por el Registro de Estado Civil.

Para que las partidas o actas de nacimiento, matrimonio y defunción cumplan los requisitos para ser traducidas y presentadas sin inconveniente alguno, deben ser originales, timbradas (no gratuitas) y en el sello que figura al dorso del acta debe constar una fecha de emisión posterior al 1/7/1990.

Las partidas de provincia deberán ser legalizadas ante el Ministerio del Interior, previo a la traducción.

Las actas a traducir NO debes estar plastificadas.

Al momento de presentar la documentación para solicitar la ciudadanía italiana, es indispensable tener en cuenta ciertos requisitos y condiciones:

Las actas o partidas argentinas (NO certificados) emitidas por el Registro Civil, deben ser presentadas con la traducción integral en italiano (deben ser traducidas por Traductor Público matriculado).

Si las partidas son de Provincia de Buenos Aires, deben ser legalizadas por el Ministerio del Interior antes de ser traducidas.

El Consulado no acepta las actas originales de nacimiento que contengan el sticker azul con código de barras pegado. Es necesario solicitar otra partida (se puede solicitar vía web al Gobierno de la Ciudad o de la Provincia, según corresponda), la cual será idéntica pero sin sticker pegado. De esta forma se descarga el acta digital con sistema GEDO.

Si la fecha de emisión de las partidas (que figura al dorso de las actas) es anterior al 01/07/1990, podemos solicitarlas nuevamente (se solicita la partida timbrada, NO gratuita) y luego podrán ser traducidas. Lo mejor es solicitarlas vía web, desde la página del Gobierno de la Ciudad o de Provincia, ya que se puede solicitar una partida timbrada, descargar el PDF y utilizarlo las veces que sea necesario.

El Consulado no acepta los certificados otorgados en formulario bilingüe (castellano - italiano) que emitía hace años el Registro Civil Central de la calle Uruguay, de actas de nacimiento, matrimonio y defunción registrados en Capital Federal.

Si las partidas originales contienen anotaciones marginales por rectificaciones, disposiciones, inscripción de sentencias, estas anotaciones deberán ser traducidas junto con la partida al idioma italiano.

En el Consulado se entrega el original de cada partida con su traducción.

Recomendamos hacer copia simple de cada acta junto con su traducción o guardar toda la documentación presentada en el Consulado en un PDF para poder llevar un control de los documentos que conforman el expediente y no presentar nuevamente lo mismo tiempo después.

Subrayamos que los originales entregados en el Consulado NO serán devueltos a los interesados.

Para mayor información, ingrese a la página web del Consulado www.consbuenosaires.esteri.it .

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